PLAN _IGUALDAD_2024
Acciones: 9.1. Garantizar que la persona o equipo encargado de la selección de personal tiene formación en selección no discriminatoria. 9.2. Asegurar que en la difusión de las ofertas de empleo no se ha incurrido en lenguaje, requisitos, medios de publicación u otros factores que pudieran ser discriminatorios. Para lo cual se podrá tener en cuenta las guías elaboradas por Emakunde para un proceso de selección no discriminatorio y para la igualdad en la contratación. 9.3 Establecer un procedimiento para el proceso de selección con criterios no discriminatorios. Incluir en la oferta una alusión directa a la igualdad de oportunidades en la selección. https://www.emakunde.euskadi.eus/contenidos/informacion/publicaciones_guias2/es_emakunde/ adjuntos/guia_selecc_ es.pdf 9.4. Garantizar que todos los aspectos de los procesos de promoción (difusión, metodología…) se efectúan teniendo en cuenta la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres. 04 II. PLAN DE IGUALDAD OBJETIVO GENERAL OBJETIVO ESPECÍFICO 9 Asegurar el acceso y participación en igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres en los procesos de selección. Continuar en la línea marcada para que no se produzcan discriminaciones por razón de sexo en ninguna de las áreas que tienen que ver con el acceso al empleo y promoción. Asegurar que las promociones, si las hubiere, sean transparentes. ACCESO AL EMPLEO, SELECCIÓN Y PROMOCIÓN
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