PLAN _IGUALDAD_2024

Acciones: 10.1. Garantizar una política salarial igualitaria como garantía de igualdad de mujeres y hombres, aplicando el principio de transparencia retributiva. 10.2. Realizar con carácter anual y difundir de manera interna el registro salarial según lo dispuesto en Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. * Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes (art. 28.1 del Estatuto de los Trabajadores). 05 II. PLAN DE IGUALDAD OBJETIVO GENERAL OBJETIVO ESPECÍFICO 10 Asegurar que la política salarial es igualitaria. Garantizar que no existe brecha salarial entre mujeres y hombres, así como la igualdad retributiva dentro de la misma categoría profesional y/o de igual valor * POLÍTICA SALARIAL • Realización del registro salarial con carácter anual según decreto 902/2020 (SI/NO). Indicaciones: Fecha ejecución: Responsable(s): Dirección Recursos: Horas de trabajo Fechas previstas: 10.1.-2024-2028* 10.2.-2024-2028* * Durante toda la vigencia del Plan de Igualdad

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